Las 4 novedades en las deducciones y retenciones de la campaña de la Renta 2020 según Lefebvre Empresas Informática e Internet 14 abril, 2021 En plena campaña de la declaración del IRPF del ejercicio 2020, son muchas las dudas que les surgen a los contribuyentes, principalmente por las novedades impositivas de este año, algunas de ellas como consecuencia de los efectos económicos de la pandemia por el COVID-19 y de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE). Todos los contribuyentes están obligados a presentar la declaración de la Renta en el plazo establecido, es decir, hasta el 30 de junio. En este sentido, los contribuyentes que perciban rendimientos del trabajo solo quedarán exentos cuando hayan recibido menos de 22.000 euros anuales, siempre y cuando procedan de un único pagador, o menos de 14.000 euros si proceden de dos o más pagadores, siempre que, en este último caso, se hayan obtenido más de 1.500 euros del segundo pagador. Para ayudar a aclarar cualquier duda, el e-book Campaña de la Renta 2021 de Lefebvre, compañía líder en soluciones jurídicas para abogados y asesores, examina aspectos que ayudarán a presentar la declaración del IRPF. Además, el análisis de los expertos de Lefebvre ofrece una relación de novedades que resultarán claves y ayudarán a presentar la declaración del IRPF 2020: Sin retención en los pagos del SEPE. A la hora de hacer la declaración de la renta, los contribuyentes que han estado en ERTE durante 2020 no solo deberán tener en cuenta que tuvieron dos pagadores durante ese año. De hecho, todos aquellos que han cobrado la ayuda del ERTE deberán conocer que no se les ha aplicado ninguna retención del IRPF. Esto puede implicar que, al hacer la declaración de la renta, el resultado sea positivo. Las deducciones por maternidad en ERTE: Las madres de menores de tres años que hayan estado incluidas en un ERTE solo podrán deducirse la parte proporcional correspondiente al tiempo que hayan estado dadas de alta en la Seguridad Social o en la mutualidad. Cabe destacar que aquellas madres que se hayan acogido a un ERTE durante 2020 no tendrán derecho a deducciones disponibles, ya que el requisito para beneficiarse de ellas es estar dada de alta. La razón es que durante el tiempo que ha durado el ERTE se han encontrado en situación de desempleo total. Aumenta el porcentaje en las deducciones por donativos. Una de las pocas novedades referente a las deducciones es la fiscalidad de los donativos. Este año, el contribuyente podrá deducir el 80 % de los primeros 150 euros aportados a una ONG y determinadas fundaciones, y un 35 % del resto de cantidades a dichas entidades con carácter general. Además, aumentan otros cinco puntos básicos el porcentaje a deducir si los dos años anteriores se han donado a la misma ONG o fundación, una cantidad equivalente de dinero o menos que en 2020. La deducción en ese caso es del 40 % cuando se superen los 150 €, en lugar del 35 % general. Saldos de dudoso cobro de arrendatarios. Para los ejercicios 2020 y 2021, el artículo 15 del Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria establece una reducción del plazo para que las cantidades adeudadas por los arrendatarios puedan considerarse de dudoso cobro; el referido plazo pasa a ser de tres meses, frente a los seis meses que se exigían con anterioridad para poder considerar un saldo de dudoso cobro. El e-book de Lefebvre además de explicar al detalle las novedades tributarias más destacadas, incluye cuestiones a recordar y de interés sobre este impuesto que afecta de forma directa a la mayoría de las familias españolas, a los empresarios individuales y a los asesores fiscales. La información contenida en este e-book está ampliamente desarrollada en el Memento Práctico IRPF 2021, una guía práctica, ilustrativa y clara sobre los diferentes pasos del proceso de realización de la declaración de la renta. El e-book Campaña de la Renta 2021 se puede descargar gratuitamente en la tienda online de Lefebvre. Fuente:NotasdePrensa.es Compartir en Facebook Compartir Compartir en TwitterTweet Compartir en Pinterest Compartir Compartir en Linkedin Compartir Compartir en Digg Compartir