Cómo conseguir el perdón judicial de una deuda pública Derecho 18 marzo, 2021 La Ley de Segunda Oportunidad permite a cualquier persona que atraviese una situación financiera crítica empezar prácticamente de cero, y en estos tiempos de crisis económica causada por la pandemia de la COVID-19 representa una gran solución tanto para autónomos como para empresarios de cualquier tipo. Las deudas que se pueden exonerar son las contraídas con acreedores de carácter privado, ya sean particulares, empresas o entidades financieras, pero también se puede exonerar una parte de las deudas públicas. Según explica Jordi Pardo, socio y abogado de Adiós a Mis Deudas Abogados, firma especializada en la Ley de Segunda Oportunidad y concurso de acreedores, “aunque en este punto hay cierta polémica porque la ley concursal no preveía que este tipo de deudas quedasen excluidas del perdón judicial, en 2019 el Tribunal Supremo dictó una sentencia según la cual una parte de la deuda pública quedaba exonerada, en concreto el 50% y los intereses y sanciones, y para el otro 50% que el deudor sí tenía que devolver, establecía un plan de pagos a 5 años”. Para el abogado es importante tener esto en cuenta porque, aunque el texto refundido de la Ley Concursal de 2020 tampoco lo prevé, lo cierto es que los
Adiós a Mis Deudas Abogados exonera más de 2 millones de euros de sus clientes en dos años con la Ley de Segunda Oportunidad Derecho 23 febrero, 2021 La Ley de Segunda Oportunidad, un procedimiento aprobado en 2015 regulado en la Ley Concursal, permite a personas naturales en situación de insolvencia conseguir la exoneración de sus deudas si no pueden hacer frente a sus obligaciones de pago. A través de este procedimiento, aún poco conocido en España, Adiós a Mis Deudas Abogados ha conseguido en los dos últimos años la exoneración de más de 2 millones de euros de sus clientes. El importe máximo correspondiente a un solo representado fue de 1.517.000 euros en 2019, y los restantes oscilan entre los 200 y los 580 mil, aunque hay algún caso con deudas exoneradas de algo menos de 70 mil euros. Estos deudores a los que la justicia ha perdonado los importes más cuantiosos son empresarios que en su momento avalaron los créditos de la empresa ante entidades bancarias en su condición de administradores. Casi todos ellos pertenecen al sector de la construcción y/o promoción de viviendas, y a empresas vinculadas indirectamente a esta actividad, como negocios de carpintería o pintura, entre otros. Por otro lado, los casos de deudas de un importe inferior a los 100 mil euros se corresponden habitualmente con particulares que han llegado a esta situación por