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Un juzgado catalán reconoce un uso abusivo de la reforma laboral por despedir tras un año de prueba

La empresa agotó hasta el último momento el plazo anual del periodo de prueba, despidiendo al trabajador de forma “fraudulenta, en abuso de derecho y carente de causa”, que equivale a un despido improcedente.

El Juzgado Social 1 de Mataró ha dictado una sentencia en la que reconoce como improcedente el despido de un empleado por no superar el periodo de prueba después de estar un año trabajando con contrato indefinido (como recoge la reforma laboral), ya que considera que en este caso el periodo de prueba es “excesivo y carente de causa”, según ha informado CCOO en un comunicado.


El trabajador despedido entró a trabajar en la empresa el 14 de mayo de 2012 con un contrato indefinido de apoyo a emprendedores, y el 26 de abril de 2013 la empresa le comunicó la extinción del contrato con efectos de 13 de mayo.

El juez afirma en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que la empresa demandada ha utilizado la reforma laboral en abuso de derecho, argumentando que agotó hasta el último momento el plazo anual del periodo de prueba, decisión que había tomado ya de antemano (al menos con 16 día de antelación) “amparándose en una normativa legal que en modo alguno faculta para tal actuación fraudulenta y abusiva”.


Añade que la finalización del contrato el 13 de mayo, fuera del periodo convencionalmente establecido, “constituye una extinción contractual fraudulenta, en abuso de derecho y carente de causa”, que equivale a un despido improcedente.

El juez condena a la empresa a readmitir al trabajador abonando los salarios impagados o a pagar la indemnización por despido improcedente con 33 días de salario por año trabajado.

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