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Smart Mobility advierte que limitar el número de motos compartidas en Valencia solo causará perjuicios a la ciudadanía

  • Para el colectivo de empresas de movilidad compartida el limitado número de licencias y la excesiva fragmentación en su reparto pone en peligro el correcto funcionamiento de este modelo de movilidad
  •  Por eso, invita al consistorio valenciano a reunirse con el sector y buscar una solución consensuada que sirva al objetivo de crear una ciudad más sostenible, segura y habitable

 Smart Mobility, el colectivo de empresas de movilidad sostenible y compartida, ha remitido hoy una carta al Ayuntamiento de Valencia para responder a la decisión del consistorio de limitar el número de motocicletas eléctricas compartidas que las empresas del sector podrán desplegar en la ciudad. En particular, el Ayuntamiento valenciano pretende reducir el número de autorizaciones a 133 vehículos por operador; una decisión que, a juicio del colectivo, solo limitará la oferta de motosharing disponible (situándola muy por debajo de la demanda actual) y pondrá en riesgo el correcto funcionamiento y la viabilidad de este modelo de movilidad.

Smart Mobility asegura que esta decisión solo provocará graves perjuicios para los ciudadanos, que verán limitadas sus opciones de movilidad, y supondrá un freno a los objetivos de sostenibilidad de la ciudad. Además, ha llamado la atención sobre el hecho de que esta decisión se haya tomado sin haber abierto un periodo de consulta y de diálogo previo con el sector. Reclama, por ello, que se abra una vía de diálogo constructivo que, por un lado, permita a las asociaciones y operadores conocer las preocupaciones del Ayuntamiento, para trabajar conjuntamente en la forma de resolverlas, y que, por otro, dé a la autoridad municipal la oportunidad de conocer el uso real que los valencianos hacen del servicio y valorar la contribución que realiza a la movilidad libre de emisiones y ruidos a la ciudad.

Una decisión contraria a la regulación nacional

El colectivo de empresas de movilidad compartida recuerda que, según lo establecido en el artículo 14 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, los territorios con una población superior a 50.000 habitantes tienen la obligación legal de fomentar la movilidad eléctrica compartida. En el caso de Valencia, con esta decisión se estaría, por tanto, poniendo una barrera para este tipo de movilidad, de forma contraria a ese mandato y a los principios de esta Ley.

Del mismo modo, la cifra agregada de 2.000 licencias que propone el Ayuntamiento valenciano es muy inferior al número de motos existentes y, por tanto, a la demanda de los servicios de movilidad compartida que realiza el usuario valenciano. Este tope se deriva de un informe elaborado hace más un año por el mismo consistorio, que no refleja la creciente demanda del servicio por parte de los usuarios valencianos. Asimismo, el colectivo advierte de que esta restricción del número de licencias contradice los principios de la legislación española sobre libre prestación de servicios, por los que cualquier regulación limitante debe ser necesaria y proporcionada, priorizando siempre las alternativas menos distorsionantes.

Por todos estos motivos, el colectivo de empresas de movilidad compartida insiste en la necesidad de que administraciones públicas y sector privado trabajen juntos para consensuar un marco regulatorio que, estiman, debería estructurarse alrededor de las mejores prácticas en la materia, que vienen promoviendo las autoridades de competencia (véase por ejemplo el reciente documento de la Autoridad Catalana de Competencia). Todo ello redundará en una movilidad compartida dinámica, ordenada y con las máximas garantías para el usuario, que contribuya decididamente a los objetivos de movilidad sostenible del consistorio.

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