Consumo informa que los juguetes acuáticos y flotadores no deben utilizarse como sustitutos de la capacidad de nadar de los niños Es noticia 6 agosto, 20125 agosto, 2012 La Dirección General de Comercio y Consumo de la Generalitat ha elaborado una serie de consejos que los consumidores de la Comunitat Valenciana deben tener en cuenta a la hora de comprar o utilizar juguetes acuáticos y flotadores para niños durante el verano. En este sentido, la directora general de Comercio y Consumo, Silvia Ordiñaga, recuerda que es muy importante diferenciar lo que se considera un juguete acuático de un artículo que ayude a nadar a los menores. Por ello ha hecho especial hincapié en que «los juguetes acuáticos y flotadores en ningún caso deben ser utilizados como sustitutos de la capacidad de nadar o flotar de los niños». «Desde la dirección general de Comercio y Consumo- ha continuado- queremos recordar a los padres y personas adultas responsables de los niños que usen los juguetes acuáticos sólo en aguas donde éstos puedan permanecer en pie y que vigilen constantemente a los menores». Comercios especializados Del mismo modo, desde Consumo se aconseja que el primer paso para estar seguros acerca de la utilidad de los productos que compramos es adquirirlos en tiendas especializadas y comprobar por nosotros mismos que cumplen con todas las normas de seguridad. Además, los consumidores deben comprobar que los tapones vayan sujetos al cuerpo de la válvula para evitar riesgos de asfixia ante la posibilidad que el niño se lo pueda introducir en la boca. La Dirección General de Comercio y Consumo recuerda que es obligatorio que el artículo lleve la marca CE, el nombre y/o la razón social y/o la marca así como la dirección del fabricante o representante autorizado o del importador dentro de la CE, que deberán ir colocados de forma visible, legible e indeleble, bien sobre el propio juguete, bien sobre el envase. La información contenida en la etiqueta ha de ser cierta, eficaz, veraz y objetiva. En ningún caso, puede inducir a error a quienes lo adquieren o a quienes lo utilizan. Las advertencias y las indicaciones de uso o manejo deberán estar en la lengua oficial del Estado, es decir, castellano o idioma oficial del lugar donde se compre el juguete. El etiquetado deberá advertir la edad mínima para su utilización. Las etiquetas y/o envases de los juguetes, así como las instrucciones que les acompañan deben alertar de forma eficaz a los usuarios y/o a sus cuidadores acerca de los riesgos derivados del uso de juguete y manera de evitarlos. Por lo que se refiere a artículos de ayudas para la flotación, entre los que se encuentran chalecos, flotadores o manguitos, el producto tiene que contar con el nombre y/o la razón social y/o la marca así como la dirección del fabricante o representante autorizado o del importador dentro de la UE. Además, detrás de la palabra «AVISO» debe ir impreso o estampado el siguiente texto: a) No protege frente al ahogamiento b) Hinchar siempre totalmente todas las cámaras de aire c) Usar únicamente bajo supervisión constante En último lugar, la Generalitat recuerda que es conveniente conservar el tiquet o factura de compra, la garantía, la etiqueta y las instrucciones. Compartir en Facebook Compartir Compartir en TwitterTweet Compartir en Pinterest Compartir Compartir en Linkedin Compartir Compartir en Digg Compartir