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El Gobierno aprueba el nuevo Fondo para inversiones en el exterior de las PYMEs (FONPYME)

Elimina limitaciones para poder impulsar el crédito y la capacidad de financiación

El Consejo de Ministros, en su sesión celebrada el 2 de julio de 2010, ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica otro de 2006 en el que se regulan las actividades y el funcionamiento del Fondo para inversiones en el exterior y el Fondo para operaciones de inversión en el exterior de la pequeña y mediana empresa (FONPYME).

Según el decreto aprobado, se establece que la coinversión de la sociedad estatal mercantil COFIDES en los proyectos en vías de desarrollo sea potestativa y se suprime que haya un mínimo umbral del 25% de inversión conjunta con el fondo para operaciones de inversión en el exterior de la pequeña y mediana empresa.

Este fondo se nutre con dotaciones de los Presupuestos Generales del Estado y su gestión corresponde a la sociedad estatal mercantil COFIDES. En 1998 se regularon las actividades y el funcionamiento del FONPYME y se estableció un requisito de coinversión, de forma que todo proyecto que reciba financiación del Fondo, debe asimismo, recibir financiación de COFIDES con fondos propios de la Compañía. En 2006 se efectuó un nuevo desarrollo reglamentario completo del FONPYME para mejorar el acceso de las PYMEs a los recursos del Fondo y se flexibilizaron las condiciones de coinversión.

El principio de coinversión sólo se exigía cuando el proyecto se localizaba en un país en que pueda operar COFIDES con fondos propios (emergentes y en desarrollo), sin embargo, actualmente la flexibilización de FONPYME no ha sido suficiente para garantizar el pleno uso de los recursos disponibles y en la actualidad tan solo un 20% de los recursos dotados, aproximadamente 50 millones de euros, han sido utilizados por las pymes.

Actualmente, uno de los elementos que dificultan la aprobación de proyectos con cargo al fondo es la exigencia de coinversión de COFIDES para proyectos en países emergentes y en vías de desarrollo.

De este modo, muchas operaciones de inversión exterior en países en desarrollo en las que existe interés español no pueden ser apoyadas por el FONPYME por no poder ser cofinanciadas por COFIDES, por lo que dicho fondo no puede lograr los objetivos para los que fue creado. Eliminar esta limitación se hace especialmente necesaria para poder impulsar el crédito y la capacidad de financiación de nuestros instrumentos financieros puestos al servicio de la internacionalización.

Por ello, el real decreto aprobado establece que dicha coinversión en esos países sea potestativa y se suprime el umbral mínimo del 25% de la misma para estos proyectos.

Los proyectos financiables tendrán unos criterios operativos diferentes. Además de la no exigencia de coinversión por parte de COFIDES se establecerán unos topes a la inversión por proyecto de 500.000 euros y al conjunto financiable con cargo a la facilidad de 10 millones de euros, para minimizar los riesgos de un hipotético impacto negativo relevante en la posición global de riesgo asumido por el Fondo.

El Fondo para Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa (FONPYME) fue creado en diciembre de 1977 para la financiación a medio y largo plazo, a través de participaciones en capital o instrumentos de cuasi- capital, de proyectos de inversión en el exterior promovidos por pequeñas y medianas empresas. Se nutre de dotaciones con recursos presupuestarios recogidas en las leyes de los Presupuestos Generales del Estado y su gestión corresponde a COFIDES, sociedad estatal mercantil creada en 1988 de capital mixto, aunque mayoritariamente público.

Fuente: Gabinete de prensa del Ministerio de Presidencia

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